# Acuerdo de colaboración para una charla gratuita sobre IA

## Borrador v0.1 para revisión

30 de octubre de 2026. Documento de trabajo en español para posibles colaboraciones en España o Portugal. No está listo para firma: deben completarse los campos pendientes, acordarse los anexos y revisarse su adaptación jurídica y fiscal al caso concreto.

## 1 Partes y actividad

Intervienen [nombre o razón social del prestador, identificación fiscal y domicilio], representado por [nombre y cargo], en adelante el Prestador, y [entidad organizadora, identificación fiscal, domicilio y representante], en adelante la Organización. Silvio Costa será el ponente. La identidad del Prestador y su relación con Vibe2Code se confirmarán antes de cerrar el acuerdo; la marca no sustituye a la parte contratante.

Las partes colaborarán en una charla divulgativa sobre inteligencia artificial dirigida a [audiencia]. Título, fecha, lugar, idioma, duración y programa se fijan en el anexo operativo. La charla podrá tratar posibilidades y límites de la IA, riesgos, aplicación y adopción empresarial, perfiles profesionales y desarrollo del criterio. No incluye una implantación, auditoría, certificación ni asesoramiento individualizado.

## 2 Gratuidad y gastos

No se cobrarán honorarios por la charla descrita. La gratuidad no presupone desplazamientos, alojamiento, alquileres ni otros gastos a cargo de ninguna parte. Solo se podrán repercutir los conceptos y límites aprobados expresamente por escrito en el anexo. Ninguna parte contraerá compromisos económicos en nombre de la otra.

La colaboración no obliga a contratar formación o servicios posteriores ni garantiza asistencia, contactos, ventas u otros resultados. Cualquier servicio adicional necesitará un acuerdo separado. Antes de firmar se revisará el tratamiento fiscal de las prestaciones recíprocas y de los gastos, sin presumir que la ausencia de honorarios excluye obligaciones tributarias.


# Organización y medios

## 3 Obligaciones de la Organización

La Organización aportará el espacio adecuado, la convocatoria de la audiencia acordada y los medios técnicos especificados en el anexo. Nombrará una persona responsable de coordinación y otra de soporte técnico, que podrán coincidir. Gestionará el aforo, la seguridad, la accesibilidad y las autorizaciones que correspondan al espacio y a su actividad.

El equipo disponible, sus características, conexiones y responsables se confirmarán por escrito antes de la fecha límite del anexo. Como mínimo deberán concretarse pantalla o proyector, sonido, micrófono, alimentación eléctrica y acceso para montaje. La conexión a Internet solo se exigirá si el programa acordado la necesita. No se entenderá que Silvio aporta esos medios por defecto.

La convocatoria identificará de forma fiel el contenido y al ponente. El uso de su nombre, fotografía, biografía o marca quedará limitado a los materiales facilitados o aprobados por él para promocionar esta charla. No se atribuirá un aval, patrocinio o vínculo no acordado.

## 4 Obligaciones del Prestador y del ponente

El Prestador preparará y realizará la intervención acordada, facilitará las necesidades técnicas y comunicará las incidencias relevantes. El contenido y los ejemplos se adaptarán al público previsto, sin prometer resultados de herramientas o tecnologías que no estén acreditados. No se utilizarán datos confidenciales o personales del público en demostraciones sin una base y autorización adecuadas.

## 5 Prueba y cambio de condiciones

Se realizará la prueba técnica en la fecha y con el alcance del anexo. Si faltan medios esenciales, las partes acordarán una adaptación viable o una nueva fecha. No se impondrá al ponente impartir la charla o grabarse en condiciones inseguras o incompatibles con lo acordado. La ausencia de medios no autoriza gastos adicionales automáticos.

Los cambios de programa, fecha, lugar, idioma o modalidad deberán aceptarse por escrito. Las comunicaciones operativas se enviarán a los contactos designados en el anexo.


# Grabación de la intervención y derechos

## 6 Alcance preciso de la grabación

La Organización permitirá la entrada y colocación del equipo y del personal de grabación acordados para registrar exclusivamente la intervención de Silvio Costa: su imagen, su voz y los materiales de apoyo cuyo uso esté autorizado. Esta previsión no encarga ni autoriza la cobertura del evento completo, otras ponencias, actividades de terceros, conversaciones privadas ni planos del público.

Se fijarán encuadre, posición de cámara y captación de audio para excluir asistentes identificables. En el turno de preguntas se pausará la grabación de terceros o Silvio repetirá la pregunta sin identificar a quien la formula. Si se capta accidentalmente a terceros, esa parte no se publicará: se eliminará o se anonimizará de modo efectivo antes de cualquier difusión. No se incorporarán menores identificables.

## 7 Uso del contenido propio

El Prestador y Silvio podrán editar, subtitular, reproducir y difundir las partes de la grabación sobre las que tengan los derechos necesarios para divulgar la charla, mostrar su actividad profesional y promocionar sus servicios, dentro de los canales, plazo y alcance acordados en el anexo. No se autoriza alterar testimonios de terceros, divulgar información confidencial ni sugerir apoyos comerciales inexistentes.

La expresión «exclusivamente mi charla» delimita qué se graba; no supone exclusividad comercial, cesión de derechos ajenos ni renuncia de derechos de imagen. Silvio y los demás titulares conservarán sus derechos sobre el guion, la presentación, la intervención y sus materiales. Las autorizaciones o licencias de colaboradores y titulares de la grabación se documentarán antes de su explotación.

## 8 Uso por la Organización y materiales de terceros

La Organización podrá enlazar las publicaciones que Silvio autorice. La descarga, reedición, publicación en cuentas propias, retransmisión o entrega de archivos requerirá una licencia específica por escrito. No se incluyen por defecto la entrega de brutos, la cesión de la presentación ni el derecho a crear avatares, clonar voz o entrenar sistemas de IA.

Los logotipos, obras, música, diapositivas o personas ajenos al ponente solo aparecerán si existe autorización suficiente para el uso concreto. El permiso para usar el espacio no sustituye los derechos de terceros. Ninguna parte puede otorgar derechos que no posee.


# Privacidad y cierre del acuerdo

## 9 Datos personales y público

La Organización informará a los asistentes de la existencia y del alcance limitado de la grabación, y habilitará medidas para que puedan asistir sin aparecer identificados. Un aviso o cartel no sustituye por sí solo las autorizaciones o bases jurídicas que correspondan. Cada parte identificará qué tratamientos decide y realizará las obligaciones de información, seguridad y atención de derechos que le correspondan.

Antes de grabar se identificarán responsables, finalidades, base jurídica, contactos para ejercer derechos, conservación, destinatarios y posibles transferencias internacionales derivadas de plataformas. Si la actividad exige corresponsabilidad o un encargo de tratamiento, se formalizará el instrumento adecuado antes de tratar los datos. No se presume que una parte actúa como encargada de la otra.

No se intercambiarán listas de asistentes ni se incorporarán contactos a comunicaciones comerciales por el mero hecho de asistir. Si excepcionalmente se pretende incluir a una persona identificable, deberá resolverse previamente su autorización de imagen y el tratamiento de sus datos para los usos concretos; sin ello se excluirá del material. Los derechos legales de oposición, retirada o revocación se respetarán cuando resulten aplicables.

## 10 Incidencias y cancelación

Cualquier incidencia sobre privacidad, derechos, seguridad o medios se comunicará sin demora a los contactos designados. El contenido afectado dejará de difundirse mientras se verifica la incidencia cuando resulte necesario. Las partes procurarán corregir, retirar o sustituir el fragmento afectado en los canales bajo su control.

La cancelación o imposibilidad se notificará tan pronto como se conozca, buscando una reprogramación razonable. No se fija en este borrador una penalización automática. Los gastos ya aprobados, cancelaciones de proveedores y consecuencias del incumplimiento se concretarán antes de firmar, sin excluir responsabilidades que legalmente no puedan limitarse.

## 11 Vigencia ley y firma

El acuerdo entrará en vigor solo cuando se complete y firme la versión definitiva con sus anexos. La ley aplicable, mecanismo de resolución de controversias y tribunales competentes quedan pendientes de acuerdo y revisión según las partes y el lugar del evento. No se presupone jurisdicción española ni portuguesa. Si se prepara versión portuguesa, se comprobará su equivalencia y se pactará qué texto prevalece.

Los campos de firma y la identificación de representantes se incorporarán únicamente a la versión definitiva. Este borrador no acredita aceptación, firma ni autorización de terceros.


# Anexo operativo pendiente de completar

## A Datos de la charla

Entidad y representante: [pendiente]. Prestador y representante: [pendiente]. Título y programa: [pendiente]. Fecha, horario y zona horaria: [pendiente]. Lugar y país: [pendiente]. Idioma: [pendiente]. Duración y preguntas: [pendiente]. Público y aforo previsto: [pendiente]. Contactos de coordinación y teléfono de incidencias: [pendiente].

## B Medios a cargo de la Organización

Espacio, disposición del público y zona de grabación: [pendiente]. Pantalla o proyector y conexiones: [pendiente]. Sistema de sonido y salida de audio: [pendiente]. Micrófono y repuesto: [pendiente]. Iluminación básica y alimentación eléctrica: [pendiente]. Internet, si es necesario: [pendiente]. Persona de soporte: [pendiente]. Acceso para montaje y desmontaje: [pendiente]. Fecha de confirmación y prueba: [pendiente].

## C Producción audiovisual

Responsable y equipo de grabación: [pendiente; no se presume que los aporta la Organización]. Encuadre y exclusión de público: [pendiente]. Gestión de preguntas: [pendiente]. Custodia de brutos y plazo de conservación: [pendiente]. Acceso al repositorio privado en Silvio Server: [pendiente de despliegue y configuración admitida]. Titulares y licencias de colaboradores: [pendiente].

## D Publicación y autorizaciones

Canales concretos del Prestador o de Silvio: [pendiente]. Plazo de uso: [pendiente]. Alcance territorial, incluida accesibilidad mundial de Internet: [pendiente]. Uso de nombre y logotipo de la Organización: [pendiente]. Material excluido o confidencial: [pendiente]. Tratamiento de datos e información a asistentes: [pendiente]. Licencia a favor de la Organización, si se acuerda: [pendiente o no incluida].

## E Condiciones restantes

Honorarios de la charla: 0 €. Gastos autorizados, pagador y límites: [pendiente; ningún gasto aprobado en este borrador]. Cancelación y gastos comprometidos: [pendiente]. Ley y jurisdicción: [pendiente]. Revisión jurídica y fiscal: [pendiente]. Versión lingüística definitiva: [pendiente].

No cerrar ni firmar el acuerdo con campos esenciales vacíos. Cada nueva versión conservará la anterior y registrará los cambios, la fecha y quién los aprobó.


# Notas de revisión y control de versiones

## Documento de trabajo

Estas notas orientan la revisión y no forman parte de las cláusulas a firmar. El borrador recoge la intención del usuario, pero no sustituye asesoramiento jurídico. Debe adaptarse a cada colaboración y a su país; no se ha evaluado un evento concreto ni la capacidad de ninguna persona para firmar.

## Puntos que requieren decisión

Confirmar quién contrata y ostenta los derechos; concretar medios y costes de grabación; cerrar gastos de viaje; fijar canales y plazo de explotación; definir información y gestión de datos; comprobar permisos del espacio y materiales; acordar cancelación, ley y jurisdicción. La cesión de una lista de asistentes, la grabación de otras personas o una licencia para la entidad requieren un alcance separado.

## Fuentes primarias consultadas el 30 de octubre de 2026

España. Ley Orgánica 1/1982, artículos 2 y 7, sobre consentimiento y protección de imagen. Texto consolidado del BOE consultado; última actualización indicada por BOE: 23/06/2010. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-11196

Portugal. Código Civil, artículos 79 y 81, sobre imagen y limitaciones voluntarias de derechos de personalidad, en recopilación institucional de la CCPJ. El portal consolidado del Diário da República no permitió lectura automatizada; comprobar texto vigente aplicable antes de firma. https://www.ccpj.pt/media/1486/cccorrecto.pdf

Unión Europea. Reglamento (UE) 2016/679, en particular artículos 5, 6, 7 y 13, sobre tratamiento de datos. La búsqueda de EUR-Lex devolvió contenido indexado, pero el acceso integral pidió verificación JavaScript. No se presenta como revisión jurídica exhaustiva del reglamento. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32016R0679

## Historial

v0.1 · 30/10/2026 · Primer borrador. Incorpora gratuidad, medios de la Organización, grabación limitada a la intervención, uso profesional del material propio, límites respecto a terceros, anexo operativo y decisiones pendientes. No enviado, firmado ni aceptado por contraparte.
